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Petro a la lista Clinton portada

¿Qué pasó con Petro? un golpe diplomático sin precedentes

Petro y demas sancionados

El 24 de octubre de 2025, el gobierno de Estados Unidos, a través de la oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), decidió incluir al presidente de Colombia, Gustavo Petro, junto con su esposa Verónica Alcocer, su hijo Nicolás Petro y el ministro del Interior Armando Benedetti, en la llamada “Lista Clinton” (oficialmente “Specially Designated Nationals” – SDN).

Este episodio marca un hito: nunca antes un presidente colombiano había sido objeto de sanciones tan directas desde el exterior.

Pero para entender el alcance verdadero, tenemos que explicar qué es esta lista, cómo funciona, por qué alguien entra en ella y qué opciones tiene para salir.


¿Qué es la “Lista Clinton” (OFAC / SDN)? Origen, propósito y funcionamiento

Petro y la armada de EEUU

Origen e historia

  • La lista fue creada en 1995 mediante la Orden Ejecutiva 12978, firmada por el presidente Bill Clinton.
  • Su propósito original era designar bocas o actores en el narcotráfico colombiano como amenaza para la seguridad nacional estadounidense, congelar sus bienes y cortar sus vínculos financieros con EE. UU.
  • Desde entonces, se ha expandido para incluir personas, empresas u organizaciones señaladas de vincularse con narcotráficolavado de activosterrorismoviolaciones de derechos humanos o corrupción.
  • Para entender el peso de esta noticia, hay que retroceder tres décadas. La “Lista Clinton” –nombre coloquial que rinde homenaje al expresidente Bill Clinton– es en realidad la lista de “Nacionales Especialmente Designados” (SDN, por sus siglas en inglés) administrada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU. Creada en 1995 mediante la Orden Ejecutiva 12978, su objetivo principal es combatir la “proliferación internacional de drogas ilícitas” y las actividades que amenazan la seguridad nacional estadounidense.
  • En esencia, esta lista actúa como un “muro financiero invisible”: bloquea todos los bienes y propiedades de los designados en territorio estadounidense, prohíbe cualquier transacción o negocio con personas o entidades de EE.UU., y extiende su sombra a instituciones financieras globales que temen represalias. Hoy, alberga más de 18.000 nombres de todo el mundo, desde capos del narcotráfico hasta empresas sancionadas por corrupción o terrorismo. En Colombia, ha sido un arma recurrente contra el crimen organizado: figuran leyendas como los hermanos Rodríguez Orejuela (exjefes del Cartel de Cali), el Clan del Golfo con alias como “Chiquito Malo” o “El Loco Barrera”, e incluso disidencias de las FARC y exparamilitares como Salvatore Mancuso. Pero nunca, hasta ahora, un presidente en ejercicio.
  • La inclusión en la lista no es un capricho: se basa en inteligencia recopilada por agencias como la DEA y el Departamento de Estado, y requiere evidencia de vínculos directos o indirectos con el tráfico de drogas, lavado de activos o apoyo a organizaciones criminales. No se trata de un juicio penal, sino de una sanción administrativa que prioriza la “eficacia” sobre el debido proceso, lo que ha generado críticas por su opacidad y potencial para usarse como herramienta geopolítica.

Cómo funciona

  1. La OFAC, dependiente del Tesoro de EE. UU., recopila evidencias e inteligencia (internas y externas).
  2. Si considera que un individuo o entidad califica bajo sus criterios de sanción, la designa como Specially Designated National (SDN).
  3. Las consecuencias para los designados son automáticas en muchos casos:
    • Congelamiento de todos sus activos en EE. UU.
    • Prohibición de que ciudadanos, empresas o entidades estadounidenses (o bajo jurisdicción de EE. UU.) hagan transacciones con ellos.
    • Restricciones para interactuar con bancos internacionales, pues muchas instituciones evitan riesgos de sanciones secundarias.
    • Impacto reputacional grave: aparecer en la lista implica una acusación implícita de relación con actividades ilícitas.
  4. En Colombia (y otros países), no es un delito automático estar en la lista, pues no forma parte del derecho interno; pero tiene efectos reales: pérdida de acceso al sistema financiero global, dificultades para recibir ayudas internacionales, restricciones en comercio, etc.

Razones que llevan a una inclusión y cómo se sale

Razones típicas para ser incluido:

  • Participar directa o indirectamente en redes de narcotráfico o facilitar su funcionamiento (transporte, blanqueo, financiación).
  • Proporcionar apoyo financiero, material, tecnológico o bienes a organizaciones ilícitas.
  • Conexiones con grupos terroristas, organizaciones criminales o regímenes sancionados.
  • Que haya evidencia de actos de corrupción grave vinculados a delitos transnacionales o lavado de activos.
  • Que la persona aparezca en investigaciones internacionales, espionaje de agencias, reportes de inteligencia, operaciones sospechosas bancarias, etc.

¿Cómo salir (o apelar)?:

  • Acudir a la OFAC con apelaciones formales, presentando evidencias contrarias y argumentos de defensa.
  • Cooperar con investigaciones internacionales o demostrar que se abandonaron vínculos ilícitos.
  • Que el gobierno de EE. UU. revoque la designación si considera que no hay méritos suficientes o se corrigió la conducta.
  • En algunos casos, pasar por procesos diplomáticos entre los gobiernos afectados para negociar la remoción.
  • Pero el proceso es arduo, lento y su resultado no está garantizado.

¿Por qué EE. UU. acusó a Petro y su círculo?

Petro y maduro pisoteados por Trump

Según el propio comunicado del Departamento del Tesoro y reportes periodísticos, las razones principales argüidas son:

  • Bajo este gobierno, la producción de cocaína en Colombia habría alcanzado niveles récord, lo que implica que los cárteles “prosperan” con menos intervención efectiva.
  • Petro habría permitido —o al menos no frenado— ventajas, tolerancias o beneficios indirectos para grupos narcotraficantes o “narco-terroristas”.
  • También se lo acusa de alianzas con el régimen de Venezuela y el “Cartel de los Soles”, permitiendo rutas o conexiones entre narcotráfico venezolano y colombiano.
  • La inclusión de su esposa, hijo y ministro responde al criterio de que personas que “hayan proporcionado apoyo” al sancionado principal también pueden ser incluidas bajo la misma orden ejecutiva.

El gobierno colombiano, por su parte, rechaza las acusaciones y las califica de politizaciónarbitrariedad y “represalia política”. Petro dijo que la medida es consecuencia de que él ha hecho una lucha eficaz contra el narcotráfico (y por eso estarían actuando contra él).


Implicaciones para Petro y para Colombia

Para Petro (y su círculo)

  • Sus activos en EE. UU. quedan bloqueados. Cualquier cuenta, propiedad o inversión en ese país se congela.
  • Empresas o entidades estadounidenses pierden el derecho de hacer transacciones con él o sus allegados.
  • Bancos internacionales o corresponsales pueden cortar relaciones para evitar “riesgo de sanción secundaria”.
  • Severas limitaciones en viajes internacionales, visas o transacciones diplomáticas.
  • La nominación arrastra un estigma internacional: Petro queda marcado públicamente como alguien asociado al narcotráfico (aunque no haya condena judicial).
  • Se abre la puerta para que esta sanción sea utilizada como insumo en demandas, investigaciones o presiones legales futuras.

Para Colombia

  • Relaciones diplomáticas tensas: EE. UU. está señalando directamente al gobierno colombiano de irresponsabilidad o complicidad con el narcotráfico.
  • Posible aislamiento financiero: organismos multilaterales o bancos pueden tener reparos para operar con Colombia si perciben gobierno “riesgoso”.
  • Dificultades para recibir cooperación antidrogas, ayuda externa o programas conjuntos si EE. UU. decide cortar apoyo.
  • Impacto sobre la confianza de inversores extranjeros, que pueden ver al país como políticamente inestable.
  • En el discurso político interno, esto puede polarizar aún más el panorama: unos verán una agresión externa, otros verán confirmación de sospechas.
  • Riesgo de que otros funcionarios del Estado sean señalados o sancionados en cascada si la investigación se profundiza.

Reflexión final

La inclusión de Gustavo Petro y su entorno en la Lista Clinton no es un episodio menor: es un choque entre dos visiones de Estado, soberanía y lucha contra las drogas. En un solo acto, EE. UU. ha impuesto una presión directa sobre el liderazgo colombiano, afirmando que considera que el gobierno no solo ha fallado, sino que está comprometido con las redes ilícitas.

Ahora bien: ¿quién decide la verdad? En ausencia de un proceso jurídico internacional claro, estas sanciones operan sobre presunciones y evaluaciones de inteligencia, no en condenas judiciales definitivas. ¿Estamos siendo testigos de una forma de “justicia geopolítica” donde ciertos países pueden “castigar” políticamente a otros en nombre de la lucha contra el crimen?

Por eso invito a los lectores de elnoticiario.com.co a participar activamente: ¿piensan que esta medida de EE. UU. es un acto legítimo de defensa contra el narcotráfico, o es una agresión política encubierta? ¿Debe Colombia responder con reciprocidad diplomática? ¿Debe abrirse una investigación nacional sobre los señalamientos?

Les propongo dejar sus opiniones y preguntas: que este hecho no sea solo noticia, sino un punto de partida para un debate profundo sobre nuestra soberanía, la transparencia del poder y las relaciones internacionales. ¡Que empiece la polémica!

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